El control de acceso al Puerto se realiza al amparo de lo estipulado en la Ley de Puertos y su Reglamento, así como lo dispuesto en las Reglas de Operación del Puerto de Guaymas.

Para autorizar el ingreso a los diferentes usuarios del puerto se considera los siguiente:

USUARIO REQUISITO DE ENTRADA
Tripulantes de Embarcaciones
  • La agencia naviera deberá solicitar en la plataforma electrónica del Puerto Inteligente Seguro (PIS), el “permiso” correspondiente para los tripulantes que aborden o desembarquen durante la estadía del buque en el muelle.
  • Los tripulantes deberán presentar al personal de vigilancia, el “permiso” temporal (Documento Electrónico de Permiso) para la autorización del acceso.
Clientes, Empresas prestadoras de Servicios, Cesionarias del puerto, Proveedores y Contratistas
Cesionarias del Puerto
  • Contar con un contrato vigente en la plataforma electrónica del PIS.
  • Llevar a cabo la impresión de las credenciales del PIS para su personal, la cual deberá ser presentada a los elementos de vigilancia para su ingreso.
Visitantes eventuales
  • La solicitud del “permiso” temporal para los visitantes eventuales se deberá realizar vía telefónica a la recepción de la ASIPONA Guaymas, para que posteriormente el área correspondiente realice el “permiso” temporal en la plataforma electrónica del PIS.
Visitas guiadas
  • Solicitar por escrito a la Direccion General de la ASIPONA Guaymas, con 48 horas de anticipación la solicitud de visita al Puerto.
  • En el escrito libre deberán indicar en forma específica el motivo de la visita, la fecha y hora solicitada, el nombre y número de personas que asistirán, el responsable del grupo y la descripción de los vehículos en los que arribarán.
  • Solo se atenderán visitas que se hayan programado con anticipación.
  • Más información:    http://www.puertodeguaymas.com.mx/visitas-guiadas
Empresas Transportistas
  • Las empresas transportistas deberán contar con un contrato vigente en la plataforma electrónica del PIS.
  • Cuando requieran ingresar al Recinto Portuario, deberán solicitar la “cita” en la plataforma electrónica del PIS, dicho documento deberá ser presentada a los elementos de vigilancia para su ingreso.


Todos los visitantes a la Instalación Portuaria están sujetos a controles de supervisión, por lo que están obligados a cumplir con las disposiciones de seguridad y prevención de la contaminación que apliquen al Puerto.

Para poder ingresar al Recinto Portuario deberán presentar la “cita” o “permiso temporal” en la plataforma electrónica del PIS y el trámite correspondiente de la Aduana Guaymas.

TODA PERSONA SIN EXCEPCIÓN DEBERÁ PORTAR CORRECTAMENTE EL EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL; CASCO DE SEGURIDAD, CHALECO DE SEGURIDAD, ZAPATO INDUSTRIAL Y CREDENCIAL O PERMISO TEMPOPRAL PARA ACCESAR AL RECINTO PORTUARIO.

Nota: Cualquier persona que sea sorprendida sin portar correctamente el equipo de protección personal o que esté realizando actividades inadecuadas o incumpla alguna normatividad aplicable del Puerto, se le retirará la credencial de acceso o “permiso” y se le negará el ingreso de manera temporal o definitiva al Recinto Portuario.

Para cualquier duda o aclaración la persona a contactar es:

Cap. Guillermo Ochoa Ruiz.
Oficial de Protección de Instalaciones Portuarias (OPIP)
Tel. 01(622) 225-2250 Extensión: 70900.
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